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SITUACIÓN CARCELARIA
Fortalecimiento de la labor de ejecución del programa sobre condiciones de detención

Requerimiento de un dispositivo superador de carácter técnico e interinstitucional que tenga a su cargo la ejecución del "Programa de mejora sostenida de las condiciones de habitabilidad correspondientes a las personas privadas de su libertad".

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Acuerdo 3779/15. Realización de audiencias entre magistrados y funcionarios con personas privadas de su libertad a través del sistema de videoconferencia.

Con fecha 7 de octubre de 2015, la Suprema Corte de Justicia acordó implementar la tecnología de video conferencia para la realización de audiencias entre magistrados y funcionarios de los Juzgados y Tribunales del Fuero Penal y personas privadas de su libertad alojadas en dependencias del Servicio Penitenciario Bonaerense.

Ver Acuerdo 3779-15.pdf 160 Kb.

Resolución 48/10. Personas privadas de su libertad: requerimiento de información a titulares de organismos del fuero penal. Remisión antes del 10 de octubre del 2010.

Con fecha 24 de septiembre de 2010, la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso requerir a los titulares de los Juzgados de Garantías, en lo Correccional y de Ejecución, Tribunales en lo Criminal y Cámaras de Apelación y Garantías, informen antes del 10 de octubre del corriente la cantidad de detenidos a su disposición al día 30 de septiembre de 2010, incluyendo aquellos que se encuentran con recursos en trámite ante instancias de alzada. El número total a remitir no debe incluir las aprehensiones y debe discriminar la cantidad correspondiente a medidas de arresto o prisión domiciliaria.

Res. 48-10.doc 26 Kb.

Res. 3198. Leyes 13.203 y 13.284, relativas al Registro de Personas Detenidas. Información sobre personas privadas de la libertad. Trámites que deberán ser informados.

Con fecha 14 de octubre de 2009, la Suprema Corte de Justicia, en coordinación con la Procuradora General, resolvió recordar a los señores titulares de los Juzgados de Garantías, Juzgados en lo Correccional, Tribunales en lo Criminal, Juzgados de Ejecución, Cámaras de Apelación y Garantías, Tribunal de Casación Penal y Secretaría Penal de este Superior Tribunal, que deberán cumplir con las obligaciones previstas por la Ley 13.203, su modificatoria 13.284 y las Resoluciones 2661/05 y 217/09 de la Suprema Corte de Justicia, informando al RUD, dentro de las 24 horas hábiles, los trámites producidos en relación a personas privadas de su libertad que se describen en el ANEXO que forma parte de la presente.


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